AENOR Laboratorio y el RD 140/2003
AENOR Laboratorio pone en marcha un nuevo servicio de análisis para verificar que los productos en contacto con el agua para consumo humano cumplen con la legislación en vigor. Se trata de ensayos para comprobar que no se transfieren al agua sustancias que puedan poner en peligro la salud humana. Este servicio completa las actividades de control que se están llevando a cabo en el laboratorio para verificar la seguridad de los materiales que se encuentran en contacto con los alimentos. Estos análisis permiten dar cumplimiento al Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, que establece que “los productos que estén en contacto con el agua de consumo humano, por ellos mismos o por las prácticas de instalación que se utilicen, no transmitirán al agua de consumo humano sustancias o propiedades que contaminen o empeoren su calidad y supongan un incumplimiento de los requisitos especificados en el anexo I o un riesgo para la salud de la población abastecida”. Dicho anexo I del Real Decreto indica los parámetros que hay que analizar y los valores paramétricos aceptados. Dependiendo de las características de la conducción (material, aditivos, estructura…) y uso previsto del producto a analizar, el equipo técnico de AENOR Laboratorio establece las condiciones de ensayo más adecuados. La preparativa de las muestras para la obtención del agua de ensayo se realiza en base a la norma UNE EN 12873 “Influencia de los materiales sobre el agua destinada al consumo humano”. Una vez obtenida el agua de ensayo se realizan los análisis de migración específica de acuerdo a las normas correspondientes. Posteriormente se emite el informe de resultados obtenidos. Estos ensayos de migración se están realizando en sistemas de conducción o almacenamiento de agua, principalmente tuberías y accesorios plásticos (PVC, PERT…) y en breve se extenderán a materiales a base de cemento y metálicos. En el caso de los ensayos de migración específica para materiales plásticos, AENOR Laboratorio ofrece tanto el análisis de las sustancias incluidas dentro de la lista autorizada por la Unión Europea como la valoración de Sustancias No Añadidas Intencionadamente (NIAS) que pudieran generarse durante el proceso de producción de los plásticos. |